Raúl Suárez, miembro del Comité de Directores de Aeléc, la asociación de las cinco grandes compañías del sector (EDP, Endesa, Iberdrola, Naturgy y Viesgo), nos alerta de que la regulación del autoconsumo tendrá que prever las necesidades de gestión de las redes a las que se conectan las instalaciones. Es decir, las empresas eléctricas tienen que saber qué sistemas de autoconsumo hay conectados a sus redes para poder gestionarlas y evitar que el uso incorrecto pueda afectar a la calidad de suministro, a la seguridad de las instalaciones, del resto de usuarios y de las personas.
La propuesta normativa exime a las instalaciones menores de 15 kW del solicitar el permiso de acceso y conexión a la red a las empresas distribuidoras, algo obligatorio con la normativa anterior, anulada a finales del año pasado. Con ello se busca agilizar los trámites burocráticos, impedir que se conviertan en una barrera administrativa, y fomentar el crecimiento del mercado. Al eliminar ese paso del proceso de instalación de los sistemas de autoconsumo se priva a las empresas distribuidoras del canal para conocer directamente qué instalaciones se están conectando en sus redes de baja tensión al sistema.
El autoconsumidor, en todo caso, debe informar a la Comunidad Autónoma de la existencia de la instalación y debe cumplir los requisitos técnicos que ésta establezca, de modo que las eléctricas podrían recabar los datos de la Administración local, pero no acaban de fiarse.
El desconocimiento sobre los sistemas que se conecten a estas redes puede derivar en que se vulnere la normativa técnica, la ITC-BT-40 establece un máximo a la potencia conectada en las redes, con efectos negativos para la calidad del suministro y peligrosos para los operarios de las infraestructucturas, que pueden ser víctimas de vertidos incontrolados procedentes de las instalaciones de autoconsumo cuando desempeñan simples labores de mantenimiento.
Aeléc reclama que se notifique su existencia directamente a las distribuidoras, para garantizar que no se rebase el citado límite, y, en el caso de que eso suceda, «comunicar al titular de la instalación de producción la imposibilidad momentánea de poder conectar su instalación a la red en la modalidad de autoconsumo con excedentes hasta que se realicen los refuerzos de red oportunos».