El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto-ley para adecuar las competencias de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a directivas europeas. Publicado en el Boletín Oficial del Estado, devuelve a la CNMC las competencias sobre la fijación de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de gas y electricidad, e introduce la obligación de que las comercializadoras eléctricas desglosen las facturas por cuantía los peajes y cargos.
Los peajes son cerca del 40 % del total de la factura y su finalidad es sufragar los costes del transporte y distribución de la electricidad, asegurando la viabilidad del sistema. Su coste se distribuye en diferentes partidas de la factura: en el término fijo (potencia) y en el variable (consumo). Además, a no ser que tengas contratada la tarifa regulada o Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC), el coste de los peajes se incluye, sin desglosar, en el precio total del kilovatio (Kw) de potencia contratada y del kilovatio hora (KWh) de consumo.
Los cargos son los pagos relacionados con otros aspectos regulados del sistema y contribuyen a cubrir, entre otros, el régimen retributivo de la generación con fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos; la retribución a la producción en los sistemas no peninsulares y las anualidades correspondientes al déficit del sistema eléctrico.
De esta forma, al reordenar las competencias, la CNMC se encargará de aprobar los valores de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de gas y electricidad, mientras que el Gobierno será el competente en el caso de los cargos. Además, se introducen modificaciones en la Ley del Sector de Hidrocarburos y del Sector Eléctrico. Es en este último donde se modifica su artículo 16, que añade un nuevo apartado que dice que las empresas comercializadoras deberán desglosar en sus facturas a los consumidores finales, tal y como adelantábamos, la cuantía correspondiente a los peajes y cargos.
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