La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado a Endesa Energía con 260.000€ por irregularidades en la formalización de contratos de luz y gas natural, según ha indicado el organismo de regulación.
Concretamente ha sido sancionada con 170.000€ por 17 infracciones leves (14 de ellas contrarias a la Ley del Sector Eléctrico y 3 a la Ley del Sector de Hidrocarburos), a los que se suma otra multa de 90.000€ por haber cambiado de compañía a un particular sin su consentimiento. Durante la investigación llevada a cabo por la CNMC, el organismo ha detectado que Endesa Energía incumplió su obligación de contar en todo momento con la documentación que acredita la voluntad del cliente de cambiarse de suministrador para 14 contratos de suministro eléctrico. Además se ha detectado esta práctica en otros 3 contratos de suministro de gas natural, de los que tampoco disponía de la documentación exigida legalmente.
Por tanto la CNMC considera que la compañía cometió un total de 17 infracciones leves por incumplir sus obligaciones en relación con la formalización de los contratos de suministro de energía eléctrica y de gas natural.
Por otra parte, la CNMC recibió la denuncia de un consumidor, a través de la Consejería de Economía del Gobierno de Canarias, que reclamaba que Endesa Energía le había cambiado de comercializador de electricidad sin su consentimiento en 3 propiedades que previamente fueron de un familiar fallecido. En consecuencia, la compañía ha sido multada con 90.000€ por haber cometido 3 infracciones leves, según la Ley del Sector Eléctrico.
Como ya comentamos hace días en este blog Endesa Energía ya fue multada con 30.000€ por incumplir los requisitos de contratación con los clientes, y anteriormente, con otros 120.000€ por dar de alta a clientes sin contar con su consentimiento.
La CNMC insiste en que las comercializadoras de electricidad y gas natural deben cumplir los requisitos fijados por la Ley cuando formalizan sus contratos y muy especialmente cuando se trata de consumidores vulnerables. Asimismo, recuerda que están prohibidas las ventas en el domicilio, salvo que exista petición expresa por parte de los consumidores y sea por iniciativa suya.
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